Teniendo en cuenta los elementos básicos del pleno derecho a la educación y considerando que se presentan dificultades reincidentes en cuanto a inasistencias e incumplimiento del horario de clases, impidiendo que se favorezca de esta manera el normal desarrollo de las actividades en pro del avance en la formación cognitiva e integral de los educandos.
La institución espera, la asistencia puntual de los educandos, a sus respectivas clases, y a todas y cada una de las actividades académicas y extracurriculares de acuerdo con el calendario y los horarios académicos establecidos. Se define como falta de asistencia, la ausencia de un educando a las clases correspondientes a una jornada completa, o a una hora de clase, o a la actividad académica o extracurricular que se programe en el desarrollo de una asignatura. Se ha decidido establecer las siguientes normas al respecto:
- Asistir puntualmente a la Institución según horario correspondiente;
- permanecer en todas las clases y participar presentándose oportunamente en todos los actos de la comunidad; salvo que el educando, haya sido excusado, citado o remitido a otras dependencias.
En cualquier caso, contar con el permiso escrito de la respectiva coordinación o área a la que se remita.